Protege a tus colaboradores y/o visitas en caso de accidentes con consecuencias graves o muerte, dentro de la empresa o en ubicaciones de terceros.
Este seguro indemniza a la empresa en caso de tener un costo financiero producto de un accidente que cause la muerte, incapacidad o desmembramiento de uno de sus trabajadores.
El beneficio está en hacerse cargo del riesgo reputacional y social de la empresa, respondiendo con la ayuda oportuna ante un accidente o la muerte accidental de un colaborador o visitas de la empresa.
Puedes cotizar directamente al whatsapp o escribirnos un correo.
Indemniza al asegurado o a sus beneficiarios, por las lesiones corporales, la incapacidad o la muerte que éste sufra a consecuencias de un accidente.
Para contrataciones innominadas, en caso de siniestro se deberá demostrar el nexo laboral vigente entre el trabajador y el empleador.
Para cotizar escríbenos a [email protected]
Este seguro NO protege en caso de accidentes producto de:
Enfermedades profesionales
Deportes de alto rendimiento y/o profesionalmente.
Trabajos subterráneos mineros o manipulación de explosivos
Servicio Militar, actividad bomberil, brigadistas u otros similares.
Participación en peleas o riñas
Suicidio o intento del mismo
Participación en carreras, apuestas y otros similares
Accidentes producidos por ataque cardiaco, parálisis, estado de embriaguez, influencia de drogas, somníferos, alucinógenos, etc.
Mínimo de trabajadores a cotizar: 10.
Completar Cuestionario de Riesgo Accidentes Personales Comercial.
Declarar si sus trabajadores realizan actividades y/o funciones con restricciones por riesgo.
Para cotizar escríbenos a [email protected]
Es un seguro que brinda protección económica a los colaboradores en caso de accidentes laborales o personales, cubriendo gastos médicos, indemnizaciones por incapacidad o fallecimiento, y otros beneficios según la póliza contratada.
No, los contratos o pólizas de estos seguros requieren de la evaluación de varios factores, como: tipo de actividad realizada, ubicaciones, nominar o no a los trabajadores y otros. Puede activarse desde 48 horas en adelante desde la solicitud.
Si, mientras exista un contrato o mandato que valide el nexo laboral vigente, se consideran trabajadores de la empresa.
Si, existen seguros que permiten incorporar a visitas, que serían terceros sin relación contractual.
Pueden tener una duración mínima de 24 horas, para dar cobertura a: una actividad, una exposición, un viaje, un evento u otro y una duración máxima de 365 días.
Las coberturas más comunes incluyen:
• Atención médica inmediata.
• Indemnización por invalidez parcial o total.
• Compensación en caso de fallecimiento accidental.
• Gastos de hospitalización y cirugía.
• Rehabilitación y medicamentos.
• Traslado en ambulancia
Dependiendo de la póliza, el seguro puede cubrir a todos los colaboradores, incluidos trabajadores permanentes, temporales e incluso subcontratados si así se establece en el contrato.
No es obligatorio, pero es altamente recomendado para complementar la cobertura que ofrecen los seguros laborales obligatorios. Este tipo de seguro puede cubrir accidentes ocurridos fuera del trabajo, algo que otros seguros no cubren.
El seguro laboral cubre únicamente accidentes relacionados con el desempeño del trabajo, mientras que el de accidentes personales extiende la protección a cualquier accidente, sin importar dónde ocurra.
• Tranquilidad para los empleados: Mayor seguridad y confianza en el entorno laboral.
• Beneficio como parte del paquete laboral: Mejora la percepción de los colaboradores hacia la empresa.
• Responsabilidad empresarial: Cubre posibles riesgos más allá de los mínimos exigidos por ley.